{"id":829,"date":"2023-05-29T16:45:49","date_gmt":"2023-05-29T21:45:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/?p=829"},"modified":"2023-05-30T13:18:49","modified_gmt":"2023-05-30T18:18:49","slug":"salud-ambiental-y-humana-avances-y-desafios-desde-el-dialogo-sociedad-civil-y-estado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/2023\/05\/29\/salud-ambiental-y-humana-avances-y-desafios-desde-el-dialogo-sociedad-civil-y-estado\/","title":{"rendered":"Salud Ambiental y humana: avances y desaf\u00edos desde el di\u00e1logo sociedad civil y Estado"},"content":{"rendered":"\n<p>Escribe: Milushka Rojas Mezarino.<\/p>\n\n\n\n<p>El Per\u00fa es caracterizado por autores y grupos como un pa\u00eds netamente minero, extractivista, o dependiente de la gran inversi\u00f3n en el sector de miner\u00eda e hidrocarburos. No obstante, aunque esta clasificaci\u00f3n pueda ser relativa al mirar los reportes de las principales actividades econ\u00f3micas que aportan al PBI nacional; los impactos o externalidades de estas actividades econ\u00f3micas deber\u00edan llamar la atenci\u00f3n de autoridades y ciudadanos por los alarmantes \u00edndices de riesgo de la salud ambiental y humana que presenta en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2020, el Ministerio de Salud (MINSA) report\u00f3 que el riesgo de exposici\u00f3n a contaminaci\u00f3n por metales pesados y otras sustancias qu\u00edmicas t\u00f3xicas afecta a m\u00e1s de 10 millones de personas, al 31.15% de personas a nivel nacional. Adem\u00e1s, indic\u00f3 que en regiones donde se desarrollan estas actividades tambi\u00e9n puede observarse que la exposici\u00f3n a metales pesados va acompa\u00f1ada de la exposici\u00f3n a ars\u00e9nico (metaloide nocivo para la salud) y petr\u00f3leo crudo.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/degradacion_mininter_8-e1505940161471-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-833\" srcset=\"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/degradacion_mininter_8-e1505940161471-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/degradacion_mininter_8-e1505940161471-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/degradacion_mininter_8-e1505940161471-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/degradacion_mininter_8-e1505940161471.jpg 1200w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption><em>Reserva Nacional de Tambopata afectada por la miner\u00eda ilegal. Foto: Ministerio del Interior (Mininter).<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p><strong><em>En un mundo donde adem\u00e1s la degradaci\u00f3n clim\u00e1tica tiene serios impactos, la gesti\u00f3n del desarrollo sostenible no puede simplificar la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica o el incremento de recursos fiscales anunciando la reducci\u00f3n de la \u201cpermisolog\u00eda\u201d elevando los riesgos en la salud y modos de vida de los territorios en los que se desarrollan estas actividades.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el Informe Defensorial <em>\u201cEn defensa de las personas expuestas a metales pesados, metaloides y otras sustancias qu\u00edmicas: Los impactos de la contaminaci\u00f3n ambiental (2021)\u201d<\/em> se se\u00f1ala que existen regiones con m\u00e1s del 50% de la poblaci\u00f3n expuesta (Lambayeque, Ucayali, Cusco, Moquegua, Madre de Dios, Callao, Amazonas, Puno, Pasco). De estos grupos los m\u00e1s vulnerables son ni\u00f1os menores de 5 a\u00f1os, adultos mayores y embarazadas. A julio de 2021, los pasivos ambientales mineros llegaban a la cifra de 7,668, y los pasivos ambientales de hidrocarburos a 3,231.<\/p>\n\n\n\n<p>Si bien desde marzo de 2018 existe la <em>Pol\u00edtica nacional para la atenci\u00f3n integral de las<\/em> <em>personas expuestas<\/em> (R.M. N\u00b0 168- 2018\/MINSA), llama la atenci\u00f3n la denuncia de la Defensor\u00eda del Pueblo en 2021: \u201caunque el 83% de las DIRESAS\/GERESAS\/DIRIS report\u00f3 haber identificado factores de riesgo de exposici\u00f3n a metales pesados, metaloides y sustancias qu\u00edmicas, solo 5 DIRESAS\/GERESAS cuentan con un plan\u201d. El 83% de DIRESAS\/GERESAS\/DIRIS en 20 regiones no contaba con un Plan de Acci\u00f3n Integral aprobado en el marco de la Directiva Sanitaria N\u00b0 126-MINSA\/2020\/DGIESP.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas y otras condiciones relativas a la salud ambiental y humana siguen motivando no solo protestas, sino tambi\u00e9n la articulaci\u00f3n de la sociedad civil afectada. En 2017 l\u00edderes y lideresas de comunidades afectadas por la contaminaci\u00f3n por metales acordaron formar una plataforma o espacio de lucha desde el cual hacer incidencia en favor de sus casos. Las limitaciones detectadas en los intercambios de experiencias en los \u00e1mbitos local y regional hac\u00edan notar la falta de pol\u00edticas nacionales espec\u00edficas que dieran prioridad a la problem\u00e1tica, plantearan atenderla de manera articulada y contextualizada. La asignaci\u00f3n de responsabilidades sectoriales, y de los gobiernos regionales y locales era ambigua.<\/p>\n\n\n\n<p>Al clamor de la incidencia de la sociedad civil, <strong><em><u>en julio de 2020, <\/u><\/em>se crea la Comisi\u00f3n Multisectorial Temporal para el Abordaje Integral e Integrado a favor de la Poblaci\u00f3n Expuesta a Metales Pesados, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros<\/strong> (Resoluci\u00f3n Suprema N\u00ba 034-2020- PCM y su modificatoria RS N\u00b0 007- 2021-PCM). Dicha comisi\u00f3n ten\u00eda como mandato elaborar un informe t\u00e9cnico que contenga la propuesta del Plan Especial Multisectorial para la intervenci\u00f3n integral a favor de la poblaci\u00f3n expuesta a metales pesados, incluyendo estrategias de prevenci\u00f3n, remediaci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y control de la exposici\u00f3n a metales pesados; as\u00ed como monitorear, supervisar y evaluar su implementaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em><u>En mayo 2021 <\/u><\/em>se aprob\u00f3 la Ley N\u00b0 31189<em>, <\/em>Ley para fortalecer la prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y atenci\u00f3n de la salud afectada por la contaminaci\u00f3n con metales pesados y otras sustancias qu\u00edmicas<\/strong>. Dicha ley mandata a) al Primer Consejo de Ministros y al MINSA la definici\u00f3n de los actores y de los mecanismos de articulaci\u00f3n intersectorial e intergubernamental para la incorporaci\u00f3n de la prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y atenci\u00f3n de la salud afectada por la contaminaci\u00f3n con metales pesados y otras sustancias qu\u00edmicas en los planes y programas; b) declara de inter\u00e9s nacional la atenci\u00f3n prioritaria en la salud de las personas afectadas por contaminaci\u00f3n con metales pesados y otras sustancias qu\u00edmicas; y c) encarga la elaboraci\u00f3n de su reglamento en el plazo de 90 d\u00edas despu\u00e9s de su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/LO-3-495x330-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-832\" width=\"620\" height=\"413\" srcset=\"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/LO-3-495x330-1.jpg 495w, https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/LO-3-495x330-1-300x200.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 620px) 100vw, 620px\" \/><figcaption><em>La contaminaci\u00f3n ambiental del Complejo Metal\u00fargico de La Oroya. Fotograf\u00eda de Giuliano Koren\/AIDA.<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p><strong><em><u>En julio de 2021<\/u><\/em><\/strong><strong><em>,<\/em><\/strong> tras un a\u00f1o de instalada la Comisi\u00f3n Multisectorial Temporal para el Abordaje Integral e Integrado a favor de la Poblaci\u00f3n Expuesta a Metales Pesados, Metaloides y Otras Sustancias Qu\u00edmicas T\u00f3xicas, se logr\u00f3 culminar <strong><em>el \u201c<u>Plan Especial Multisectorial<\/u> para la intervenci\u00f3n integral a favor de la poblaci\u00f3n expuesta a metales pesados, metaloides y otras sustancias qu\u00edmicas t\u00f3xicas\u201d (PEM)<\/em><\/strong>. El cual fue aprobado por el presidente de la Rep\u00fablica y el Consejo de ministros mediante el Decreto Supremo N\u00b0 037-2021-MINAM en diciembre del mismo a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>El PEM defini\u00f3 tareas concretas organizadas en 3 ejes estrat\u00e9gicos: Gesti\u00f3n de la calidad ambiental para la mejora de la salud de las personas (1), Gesti\u00f3n integral de la salud y saneamiento (2), e Institucionalidad (3). Este \u00faltimo incluy\u00f3 la creaci\u00f3n de una comisi\u00f3n de seguimiento de su implementaci\u00f3n. As\u00ed se Estableci\u00f3 objetivos y actividades para una actuaci\u00f3n articulada de los sectores del Ejecutivo, se\u00f1alando qu\u00e9 tareas deber\u00edan cumplir en un plazo de 5 a\u00f1os. Adem\u00e1s, se cre\u00f3 una Comisi\u00f3n de seguimiento del plan.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>El primer eje del Plan<\/em><\/strong> mandata a los sectores y niveles de gobierno a 1) identificar las zonas afectadas por la contaminaci\u00f3n y priorizar su riesgo, y 2) reducir el riesgo e implementar acciones de remediaci\u00f3n. Es decir, a <em>elaborar un diagn\u00f3stico nacional de las zonas contaminadas<\/em> y presentar t\u00e9cnicamente la <em>calificaci\u00f3n de los niveles de riesgo de las mismas.<\/em> A la vez, generar mecanismos para controlar las fuentes de contaminaci\u00f3n, hacer uso de nuevas tecnolog\u00edas o innovaciones para mejorar la vigilancia ambiental e implementar acciones de remediaci\u00f3n de las zonas afectadas. Estas actividades deben considerar a la sociedad civil en todas las etapas, incluida la actualizaci\u00f3n de los documentos normativos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>El segundo eje,<\/em><\/strong> mandata principalmente a los sectores salud, agricultura, producci\u00f3n, vivienda y niveles de gobierno a 1) identificar a la poblaci\u00f3n expuesta y afectada para su atenci\u00f3n; 2) realizar la vigilancia sanitaria (epidemiol\u00f3gica y nutricional) y la inocuidad alimentaria; 3) ampliar y mejorar el saneamiento en las zonas priorizadas (agua segura y potable, tratamiento de aguas residuales y desechos); y 4) fortalecer capacidades y competencias de prestadores de servicios de agua. Dicho de otra forma, identificar fuentes de exposici\u00f3n, poblaci\u00f3n expuesta, potencialmente expuesta. Realizar an\u00e1lisis peri\u00f3dicos de la salud y epidemiol\u00f3gicos a nivel regional con relaci\u00f3n a la exposici\u00f3n o afectaci\u00f3n por metales, metaloides y otras sustancias qu\u00edmicas t\u00f3xicas. Actualizar documentos normativos y fortalecer capacidades de los sectores, niveles y sociedad civil en funci\u00f3n de estos mandatos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Tercer eje,<\/em><\/strong> mandata a los sectores, niveles y sociedad civil a 1) articular esfuerzos para mejorar pol\u00edticas, instrumentos t\u00e9cnico normativos y programas p\u00fablicos para la implementaci\u00f3n del PEM; 2) elaborar mecanismos de evaluaci\u00f3n, seguimiento, y comunicaci\u00f3n; y 3) gestionar mecanismos de financiamiento intersectorial, programas presupuestales concernidos a la atenci\u00f3n, prevenci\u00f3n y mitigaci\u00f3n articulada e integral de la contaminaci\u00f3n por metales pesados, metaloides y otras sustancias qu\u00edmicas t\u00f3xicas. Es decir, el diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n normativa para la atenci\u00f3n articulada e integral de la problem\u00e1tica, la elaboraci\u00f3n de un protocolo de respuesta inmediata ante emergencias ambientales y sanitarias, la elaboraci\u00f3n de informes de cumplimiento del PEM, el fortalecimiento de programas asistenciales y de protecci\u00f3n social, un diagn\u00f3stico de instrumentos y fuentes de financiamiento, propuestas de financiamiento y proyectos de inversi\u00f3n p\u00fablica o privada.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo trascendente del plan es la definici\u00f3n de las demandas de articulaci\u00f3n y definici\u00f3n de responsabilidades se\u00f1aladas por la Plataforma nacional de afectados y afectadas por metales pesados, metaloides y otras sustancias t\u00f3xicas del Per\u00fa y sus aliados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em><u>En diciembre de 2022<\/u><\/em><\/strong>, a casi un a\u00f1o de la creaci\u00f3n del PEM, mediante el Decreto Supremo N\u00ba 129-2022-PCM se<strong> cre\u00f3 la <\/strong><strong><em>Comisi\u00f3n Multisectorial de naturaleza permanente encargada de realizar el seguimiento a la incorporaci\u00f3n de la prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y atenci\u00f3n de la salud afectada por la contaminaci\u00f3n con metales pesados y otras sustancias qu\u00edmicas en los planes y programas a cargo de las entidades de los tres niveles de gobierno<\/em><\/strong><strong>; as\u00ed como a la implementaci\u00f3n del Plan Especial Multisectorial<\/strong>, aprobado por Decreto Supremo N\u00b0 037-2021-MINAM. El deber de esta Comisi\u00f3n permanente es hacer el seguimiento del cumplimiento de la Ley N\u00b0 31189 y el PEM, elaborar un plan de trabajo, y el reglamento interno de la Comisi\u00f3n en el plazo de 30 d\u00edas despu\u00e9s de la instalada la comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em><u>En mayo de 2023<\/u><\/em><\/strong>, un a\u00f1o despu\u00e9s de su entrada en vigencia<strong><em>,<\/em><\/strong> mediante el Decreto Supremo N\u00ba 007-2023-SA <strong>se crea el<\/strong> <strong>Reglamento de la Ley N\u00b0 31189<\/strong>. El reglamento de la ley hace importantes precisiones que permitir\u00e1n implementar con mayor claridad la Ley N\u00b0 31189 y el PEM en los niveles de gobierno y por los sectores responsables.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>El reglamento reconoce y articula los procesos de implementaci\u00f3n del PEM y la Ley N\u00b0 31189<\/em><\/strong>, e indica el car\u00e1cter obligatorio de sectores y los gobiernos de implementar la Ley en sus jurisdicciones e instrumentos de gesti\u00f3n (Planes estrat\u00e9gicos institucionales, planes operativos, acciones estrat\u00e9gicas y actividades; mecanismos y procedimientos de participaci\u00f3n ciudadana, Comit\u00e9s multisectoriales distritales de salud, Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan de Salud de la RIS y Planes de otras instituciones de los sectores, proyectos de inversi\u00f3n), interinstitucional e intergubernamental. El reglamento tambi\u00e9n determina la transversalidad de los determinantes de la salud, los enfoques basados en derechos humanos, g\u00e9nero, intercultural, territorial, entornos saludables; define qu\u00e9 es la contaminaci\u00f3n y el concepto \u201cmetales y otras sustancias qu\u00edmicas\u201d que maneja la Ley; el Padr\u00f3n nominal, qui\u00e9n es la persona expuesta &nbsp;y la \u201cpersona afectada\u201d, la prevenci\u00f3n primordial, primaria, secundaria terciaria y cuaternaria; determina la existencia de la Red Integral de Salud (RIS) para la atenci\u00f3n de casos; y remarca el derecho de participaci\u00f3n ciudadana y los mecanismos a ser creados en todos los momentos de intervenci\u00f3n y en la evaluaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>El reglamento define los roles de las entidades p\u00fablicas<\/em><\/strong>, mandata a los sectores a fortalecer la articulaci\u00f3n intersectorial e intergubernamental, e incorpora al Ministerio de Educaci\u00f3n en la prevenci\u00f3n de la contaminaci\u00f3n. Se\u00f1ala el rol rector en salud del MINSA y su obligaci\u00f3n de elevar a la agenda pol\u00edtica nacional la atenci\u00f3n de la problem\u00e1tica de contaminaci\u00f3n por metales y otras sustancias qu\u00edmicas. Sobre las DIRESA\/GERESA\/DIRIS , subraya la obligaci\u00f3n de desarrollar competencias profesionales, incorporar la norma en sus planes y programar metas de corto, mediano y largo plazo. Asimismo, se\u00f1ala la necesidad de implementar laboratorios qu\u00edmico-toxicol\u00f3gicos, proyectos de inversi\u00f3n y mapas de riesgos de salud asociados a factores ambientales. En suma, esta la obligaci\u00f3n de conformar el Equipo Multidisciplinario de Salud y la RIS para garantizar la atenci\u00f3n de las personas expuestas y afectadas. <strong><em>Remarca que el cuidado integral en salud, en casos de exposici\u00f3n a MPOSQ, se brinda de manera gratuita en el establecimiento de salud que corresponda, y es financiado por la correspondiente IAFAS a la que se encuentre afiliado la persona usuaria.<\/em><\/strong> El Equipo Multidisciplinario es un actor clave para el diagn\u00f3stico y contacto con la poblaci\u00f3n expuesta y afectada.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, <strong><em>establece la creaci\u00f3n del Registro Nacional de Personas Afectadas en la Salud por Contaminaci\u00f3n con Metales Pesados y Otras Sustancias Qu\u00edmicas a trav\u00e9s del Centro Nacional de Epidemiolog\u00eda, Prevenci\u00f3n y Control de Enfermedades (CDC- MINSA)<\/em><\/strong>. El cual incorporar\u00e1 la informaci\u00f3n del Padr\u00f3n Nominal de seguimiento de personas expuestas a MPOSQ y ser\u00e1 alimentado por la informaci\u00f3n proveniente de las DIRESA\/GERESA\/DIRIS a trav\u00e9s de una plataforma inform\u00e1tica. Cumpliendo con las normas de acceso a la informaci\u00f3n y otras pertinentes a este tipo de registro. La informaci\u00f3n del registro permitir\u00e1 obtener datos estad\u00edsticos para el seguimiento de las personas afectadas. El registro deber\u00e1 ser implementado en el plazo de 90. Es decir, a inicios del mes de setiembre 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>A pocos d\u00edas de conmemorar un a\u00f1o m\u00e1s del D\u00eda Mundial del Ambiente, podemos observar que los avances normativos mencionado se encuentran relegados o son casi nulos. Al reciente cambio de funcionarios y autoridades informadas o capacitadas por los sectores Salud y Ambiente para implementar el PEM en 2022, se sum\u00f3 el resquebrajamiento de los pocos atisbos de confianza generados en a\u00f1os anteriores. En reacci\u00f3n a los hechos de violencia, hasta mediados de mayo 2023, el di\u00e1logo entre la Plataforma nacional (sociedad civil) y el Estado (la Comisi\u00f3n permanente) se paraliz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"710\" height=\"473\" src=\"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/petroleo-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-834\" srcset=\"https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/petroleo-1.jpg 710w, https:\/\/www.manosperu.org.pe\/gestor\/wp-content\/uploads\/2023\/05\/petroleo-1-300x200.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 710px) 100vw, 710px\" \/><figcaption><em>Un poblador kukama de Cuninico muestra los estragos del derrame en el ecosistema que lo rodea. Foto: Daniel Mart\u00ednez-Quintanilla.<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>Retomarlo requiere integrar las hist\u00f3ricas razones de las y los afectados a la proyecci\u00f3n del desarrollo sostenible y de la explotaci\u00f3n de recursos. No se trata de seguir enarbolando desde el Ejecutivo o Legislativo el discurso del \u201cperro del hortelano\u201d, sino de comprender e integrar al di\u00e1logo la sostenibilidad ambiental, la empat\u00eda de las autoridades y de las regiones que no cargan con los pasivos ambientales y las amenazas a la salud humana. Las herramientas se\u00f1aladas orientan el camino, llegar a ellas no ha sido sencillo. El Estado central y sus niveles de gobierno deben priorizar el articularse, gestionar los recursos existentes e incrementar su competencia para cumplir la Ley N\u00b0 31189 y el PEM.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Escribe: Milushka Rojas Mezarino. 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